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3 de març 2016

Libro “Treinta años de políticas culturales en España. Participación cultural, gobernanza territorial e industrias culturales”



Bajo este título “Treinta años de políticas culturales en España. Participación cultural, gobernanza territorial e industrias culturales” Publicaciones de la Universitat de València acaba de editar un libro imprescindible para entender y analizar el desarrollo de las políticas culturales en España durante las tres últimas décadas. Bajo la coordinación de los profesores Joaquim Rius (Universitat de València) y Arturo Rubio Arostegui (Universidad Antonio de Nebrija) y acompañados de un largo elenco de expertos en el tema (Antonio Ariño, Fernando Bondia, Lluís Bonet, Enrique Bustamante, Tino Carreño, Enric Castelló, Patricia Corredor, Gil-Manuel Hernàndez, Santi Martínez, Emmanuel Négrier, Juan Pecourt, Xavier Roigé, Magda Ruiz, María Velazco, Mariano Martín Zamorano y Anna Villarroya) , muchos de ellos profesores del Programa de gestión cultural de la Universidad de Barcelona .

El libro se estructura en 4 bloques con el objetivo de diagnosticar las características, debilidades y virtudes del sistema instaurado.
Un sistema de política cultural enormemente heterogéneo y complejo debido a la pluralidad de actores y retos. Estos son los distintos temas tratados en los capítulos del libro:
Bloque 1: Los agentes y el sistema de la política cultural
Bloque 2: Participación, equipamientos e industrias culturales y política cultural 
Bloque 3: Ejes transversales y marco regulativo de la política cultural
Bloque 4: Marco político, contexto internacional y política cultural
Ver Índice 

El libro se puede adquirir por solo 22€ en la web de la PUV


El próximo viernes, 18 de marzo a las 18h. el libro se presentará en el auditorio del CERC (c/ Montalegre 7, Barcelona) con la presencia de buena parte de los autores y acompañado de profesionales y responsables de la gestión y la política cultural catalana. 
El 12 de abril está prevista su presentación en Valencia, y en fecha por concretar en Madrid.

15 de febr. 2011

El nuevo Museo de Arte Contemporáneo de Alicante, inaugurado sin colección permanente



Por Antoine Leonetti

Después de muchos años de retraso, el MACA (Museo de Arte Contemporáneo de Alicante) ha abierto sus puertas en diciembre pasado, con una primera exposición dedicada al “Arte normativo español”, con artistas que marcaron la metamorfosis de las artes plásticas de los años 50 en España. El museo es el resultado de la ampliación del antiguo Museo de la Asegurada, ya inaugurado oficialmente en mayo del año pasado, aunque todavía vacío de contenidos. Con esta operación, el museo ha multiplicado casi por ocho su espacio expositivo, con ahora 4.700 m2. Las instalaciones, diseñadas por los arquitectos Sol Madridejos y Juan Carlos Sancho, cuentan ahora con cuatro salas de exposición y un auditorio de 200 plazas. Pero el museo carece de momento de colección permanente, aunque se espera que presente en un futuro más o menos próximo la mayor colección internacional del artista alicantino Eusebio Sempere, así como obras de otros autores procedente de la colección de este artista y de Juana Francés.

El concejal de cultura, Miguel Valor (PP), anunció en la inauguración que se trataría del cuarto o del quinto museo en importancia de arte contemporáneo de España. La oposición en el concejo municipal (PSPV) reprochó sin embargo la lentitud de unas obras aprobadas en el 2002, que empezaron sólo en el 2005 y cuya construcción se alargó cinco años. Denunció por otro lado un incremento del 70% de la factura total (12 millones de euros, en vez de  los 7,1 previstos) y la inauguración de un edificio vacío que no era todavía realmente un museo… Sorprende en todo caso la poca reactividad ciudadana frente a un espacio tardío, caro, sin colección permanente expuesta, sin página web propia y sin fecha para su uso real como museo. Una muestra más quizás, de las carencias de una educación artística extremadamente deficitaria en España, donde uno se le concede al patrimonio cultural su esencial valor educativo.

7 de febr. 2011

¿El derecho a la educación artística, olvidado de las políticas culturales?

Por Antoine Leonetti

A la pregunta ¿qué tipo de sociedad queremos para nosotros, y qué tipo de sociedad queremos garantizar para las generaciones venideras?, tanto la clase política como el pensamiento más social de los países occidentales actuales suelen contestar apelando cada vez más por sociedades menos basadas en el dinero, el éxito y el consumo, y en cambio  más respetuosas con el medioambiente o más centradas en el respeto de los valores ciudadanos en contextos crecientes de interculturalidad. Para ayudar a conseguir estos cambios, desde hace decenios sobran las referencias que demuestran la vital importancia de la práctica artística, tanto para el equilibrio individual como para la armonía social en su conjunto. Este beneficio “social” de las prácticas artísticas depende de una eficiente educación artística y, para ser más precisos, de si esta educación es infantil y gratuita y, por lo tanto, capaz de garantizar –  cuánto antes y para cuántas más personas sea posible –  la asimilación de estas prácticas. Una buena educación artística en edades tempranas, condicionando por otro lado el éxito de las enseñanzas artísticas y el efectivo disfrute del acceso a los bienes y las estructuras culturales, acaba de perfilarse como piedra angular de nuestras sociedades. Pero, si es efectivamente así, ¿no debería gozar ésta de una mejor protección jurídica, en términos de derechos fundamentales?


La educación artística, una de las bases del equilibrio individual y social...

La educación artística, infantil y gratuita, considerada como un elemento clave del edificio social, en cuanto se considera también la cultura como una de sus componentes básicas, corresponde a una cuestión profundamente transversal: los beneficios de una buena educación artística se han percibido desde todas las vertientes de las ciencias sociales, desde la pedagogía infantil hasta la sociología, pasando por la sicología, la filosofía o la economía.

Estas disciplinas, al advertir de los peligros de los hábitos consumistas contemporáneos, han insistido repetidamente sobre los beneficios de la participación ciudadana a través de la práctica artística, con el valor irrepetible de la posibilidad, para uno, de poder pintar o hacer música de forma gratuita y personal a lo largo de toda su vida, sin tener que recurrir a la adquisición de ningún “producto”, aunque sea cultural.  Poder practicar un instrumento en la edad adulta, sin la ayuda de ningún artificio, depende en el fondo de que se haya garantizado una educación artística obligatoria durante la infancia. A los que rechazan este concepto de obligatoriedad, invocando que no todos somos capaces de tocar un instrumento, basta recordarles que enseñar las matemáticas no implica que queramos que nuestros hijos sean todos matemáticos, y que lo mismo debería pasar, por ejemplo, con la música o el dibujo. Es esencial ofrecer una enseñanza obligatoria de estas materias en la enseñanza pública en las edades más tempranas para que el aprendizaje sea realmente efectivo (a partir de los cuatro años para el aprendizaje de la lectura musical por ejemplo), y dar por lo menos la posibilidad a los más jóvenes de poder en el futuro desarrollar sus predisposiciones artísticas.

Tocamos aquí cierta idea de jerarquía: ¿dentro del currículum escolar, deben algunas materias recibir una atención especial? ¿Es más importante la ciencia, porque nos dará quizás de comer, que el dibujo y la música? Si apelamos efectivamente al modelo social que tanto se debate, no podemos dejar de ver claramente que la educación artística debe gozar de una atención de primerísimo plano, en la misma medida que los otros supuestos “núcleos duros” que representan tradicionalmente la enseñanza de la ciencia, la lengua y la historia. Los objetivos de cada uno pueden ser  ciertamente distintos, si bien cabe no encerrar unas y otras materias en categorías herméticas y no dar así a la educación artística un lugar menor, “solamente” porque no tiene obligatoriamente una finalidad profesional; “solamente” porque condiciona a su vez el equilibrio personal, social, sicológico o afectivo, la educación artística tiene una importancia también de primer orden.

Al observar los claros beneficios transversales que implica, vemos por otro lado la poca relevancia que se le ha dado a la educación artística en el terreno del derecho. Considerando este hecho con curiosidad, dado también lo complejo que resulta tradicionalmente concretar el ámbito de los “derechos culturales”, ¿no se debería positivizar, precisamente, un verdadero derecho a la educación artística?


... ¿no se merecería una mejor garantía jurídica?

Derecho a la educación, derecho a la cultura, dos conceptos no exentos de dificultades a la hora de concretar sus efectos. Por un lado, si bien abunda la reflexión entorno al derecho a la educación desde un planteamiento global, pocos se adentran en el terreno puramente artístico y desde el punto de vista de los derechos fundamentales. Por otro lado, y sobre todo, el derecho a la cultura carece de una aceptación conceptual universal que facilite su aplicación concreta a través de nuestros instrumentos constitucionales y legales. La positivización de los derechos culturales, desde los dos Pactos Internacionales de Naciones Unidas de 1966 (de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), es un tema recurrente de debate, y si el derecho a la cultura se beneficia ciertamente de una larga trayectoria doctrinal y se ha ilustrado a través de numerosos instrumentos legales y constitucionales, se suele positivizar por ejemplo a través de otras libertades fundamentales como la libertad de expresión o la libertad de acceso a las infraestructuras culturales, más directamente y fácilmente aplicables. Buena prueba de este problema conceptual es la dificultad de reivindicar “directamente” el derecho a la cultura. Recordemos en este sentido que en la Constitución española, el “derecho a la cultura” del artículo 44.1 no es susceptible de ser invocado en un recurso de amparo porque figura como uno de los “principios rectores de la política social y económica” y no como uno de las “libertades y derechos fundamentales”.

Esta cierta borrosidad conceptual tiene unas consecuencias bien conocidas a nivel social, en cuanto a la debilidad generalizada de la educación artística en nuestros planes educativos primarios, tradicionalmente más propensos a garantizar la asimilación gradual y lógica de materias como las científicas. La enseñanza artística en cambio, al no beneficiarse directamente de una clara garantía supralegal, no responde a esta lógica, y la música por ejemplo, quizás por la ausencia de un derecho constitucionalmente garantizado a la educación artística, no suele enseñarse siguiendo las pautas naturales de asimilación que ésta supondría, sino que se relega a edades demasiado tardías para la fácil y efectiva asimilación del lenguaje y la escritura musical, haciendo de esta enseñanza algo casi forzado y en todo caso casi inútil a efectos de una posible práctica musical posterior. Algo así como enseñar un idioma extranjero a un adulto de 25 años, pretendiendo que éste pueda llegar con facilidad a ser novelista en esta lengua...

La educación artística se queda por lo tanto entre dos aguas – el derecho a la educación y el derecho a la cultura –, sin beneficiarse directamente de una protección efectiva, considerada desde el punto de vista de las libertades fundamentales. Por su especificidad, por el valor añadido que aporta tanto al ser humano como al conjunto de la sociedad, esta educación artística merecería un reconocimiento particular, a modo de discriminación positiva entre las diferentes ramas del derecho a la educación o de los derechos culturales. No sería en este sentido el primer ejemplo de discriminación positiva en el terreno de los derechos culturales: la Constitución española protege especialmente, por ejemplo, el derecho de acceso a la cultura de los prisioneros, en la medida en que el artículo 25.2, que les garantiza este derecho, sí puede ser objeto de un recurso individual de amparo...

Un claro derecho a la educación artística, infantil y gratuita, a parte de fundamentar el conjunto comportamental del ser humano y de definir directamente un modelo de sociedad no basado exclusivamente en el consumo, nos aporta un elemento claro y concreto de respuesta en cuanto a  la definición de estos derechos culturales, tan debatidos y tan poco traducidos todavía al derecho positivo constitucional. A su vez, aporta un elemento más al debate, también muy actual, sobre la difícil coordinación entre administraciones estatales de cultura y de educación. ¿He aquí, acaso, un eslabón perdido entre el derecho a la educación y el derecho a la cultura?

La revolución de la impresión 3D, en el DHUB de Barcelona




El Design-Hub de Barcelona presenta una sorprendente exposición dedicada a la impresión en tres dimensiones. Un buen preludio a la inauguración del museo del diseño, previsto en 2012.

Por Antoine Leonetti


¿Imprimir una tableta de chocolate? ¿O una prótesis, o una casa? ¿Imprimir un órgano vivo? Estas imágines de ciencia ficción de los años 60 son sin embargo algunas de las posibilidades ofrecidas ya o quizás muy pronto por la impresión en tres dimensiones. Revolución absoluta del diseño industrial, de la construcción y de las biotecnologías, su principio parece simple pero su diversidad de aplicaciones deja francamente sin voz. Imaginad una máquina capaz de imprimir no unas imágenes en dos dimensiones, sino de apilar millones de imágines, una sobre la otra, para ir creando poco a poco un volumen en 3 dimensiones. En vez de tinte, se utilizan materias especialmente elegidas (plásticos, cerámica, metales, alimentos, células…) depositadas a gran velocidad y cada una en el lugar deseado gracias a unas cabezas bastante similares a nuestras impresoras 2D clásicas. Todo esto con un programa respondiendo a las instrucciones de un diseño virtual tan complejo como uno quiera, susceptible de incorporar mezclas y crear formas que la industria o los moldes convencionales jamás podrían igualar. ¿Desea crear engranajes al interior de otro volumen, sin soldaduras y sin ensamblaje posterior, y que todo sea convenientemente engrasado? Ningún problema: se imprimirán los elementos ya imbricados los unos dentro de los otros y, a la vez, la película de grasa que se inserta entre ellos. Las posibilidades se multiplican si se asocian impresión y movilidad, concibiendo robots-impresores capaces de delinear las fundaciones de un edificio, para circular luego sobre este y por todos sus lados, para luego imprimirlo enteramente. ¿Tiene una avería en una nave espacial, y no tiene la herramienta necesaria para su reparación? Aquí la solución: le bastará con imprimir, gracias al software enviado desde la tierra, el utensilio que le faltaba.
Este es el tema de la exposición FULL PRINTED, presentada hasta el 29 de mayo de 2011 en el DHUB de Barcelona, reciente puesta en red virtual de los 3 museos de la ciudad condal dedicada a las artes decorativas, las artes gráficas y el textil. Concebida bajo el comisariado de Marta Malé-Alemany, arquitecta y co-directora del Programa de Master del Institut de Arquitectura Avançada de Catalunya, reúne más de 70 objetos de todo tipo, frutos de las técnicas actualmente utilizadas o en proceso de desarrollo, para familiarizarnos a los vértigos de la impresión 3D. Aquí vemos cómo es posible adaptar nuestros calzados a la exacta medida de nuestros pies, o de personalizar una prótesis de pierna, fiel reflejo de la otra. Ya que funciona por acumulación de micro-gránulos de materia luego solidificados (por láser, con otros polímeros, con calor, etc.), y que permite una infinidad de mezclas de sustancias, la impresión 3D es una mina para la creación de nuevas materias. Permite también generar unas resistencias internas diferentes en un mismo objeto jugando con las variaciones de amalgamas aquí y allá, o de crear también unos tejidos de todo tipo, imprimiendo directamente la trama misma. La exposición impresiona sobre todo mucho en cuanto a las perspectivas abiertas para la creación pura, liberada ya de los soportes artísticos tradicionales, y aspirando a unas formas que alcanzan unos grados de belleza inauditos. La impresión 3D de sonidos o de movimientos abre por último la vía a unas formas que desbordan la infinidad de variedades plásticas imaginables por el ser humano o concebida por la naturaleza.

Para Marta Male-Alemany, las impresoras 3D domésticas no pertenecen a un futuro muy lejano: pronto, podremos descargarnos programas de objetos (desde una exprimidora de limones hasta un traje completo), e imprimirlos tranquilamente en casa como hoy las imágenes y la música. Imaginamos naturalmente las posibilidades de piratería de objetos… Se tratará en todo caso de una revolución radical para nuestro cotidiano, ya que además esta técnica tiende a reducir drásticamente los costes y los tiempos de producción. ¿Acaso no se ha presentado recientemente Urbee, el primer coche ultra ecológico cuyos elementos externos (incluso los cristales), han sido impresos?


La exposición es también una buena ocasión de admirar el avance de las obras de construcción del futuro DHUB, bien concreto esta vez. Situado Plaça de les Glòries Catalanes, a la sombra de la sensual Torre Agbar concebida por Jean Nouvel e icono absoluto de la Barcelona post-moderna, se sitúa en el corazón del famoso 22@, barrio de las nuevas tecnologías lleno de innovadoras arquitecturas. El edificio, lanzado como un colosal brazo de tocadiscos encima del “escalextric” circular que constituye la plaza, debería ser finalizado en 2012. Al final, 30.000 m2 para un centro de investigación y de difusión sobre la arquitectura, el diseño gráfico, el diseño industrial y el diseño de moda. Un proyecto encargado en 2001 al estudio del famoso arquitecto barcelonés de Oriol Bohigas (autor de la Ciudad y del Puerto Olímpicos), pero que tardó 10 años en materializarse. Si la impresión 3D ya había estado a punto… Aunque no hubiera ayudado a desenredar (en principio) los embrollos políticos responsables del retraso.